REPÚBLICA DOMINICANA
“Año de la superación del analfabetismo“
SISTEMA NACIONAL DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
SISTEMA NACIONAL DE RESOLUCIÓN DE
CONFLICTOS
A-Introducción
El mundo de hoy se estremece ante el incremento de la
violencia en los diferentes ámbitos, a nivel familiar, en las escuelas, centros
de trabajo y en la comunidad, a lo cual no escapa la sociedad dominicana.
Las continuas
y alarmantes situaciones de conflictos y controversias originadas como
resultado de la convivencia e interacción cotidiana de sus ciudadanos/as, y que
en muchas ocasiones degeneran en actos violentos y trágicos, pueden ser abordadas mediante el
diseño, implementación y monitoreo de políticas públicas, destina a incorporar
mecanismos alternos de resolución de conflictos. Estas nuevas dinámicas
utilizadas para la gestión, manejo, resolución y transformación de los
conflictos sociales y las diversas situaciones de conflictividad, utilizan como
instrumentos y herramientas eficaces y eficientes, la negociación, mediación, la
conciliación y el arbitraje, lo que fortalece la capacidad de diálogo de la
ciudadanía, contribuyendo de este modo
a la construcción de la paz y al
ejercicio de democrático.
Es en este
contexto, que en la región están emergiendo nuevas políticas orientadas a la
gestión de los conflictos, entre las cuales tenemos:
·
políticas de seguridad, no ya vinculadas a la idea de
orden -ni siquiera a la idea de “orden democrático”- sino más bien a las formas
de constitución de la paz comunitaria, desde el impulso a formas preventivas.
·
políticas judiciales, vinculadas al continuo
perfeccionamiento de los sistemas judiciales, eje central del sistema social de
resolución de conflictos, desde el cual incluso lo “alternativo” tiene
sentido);
·
políticas criminales, que procuran racionalizar y
humanizar el uso de la violencia por
parte del Estado, violencia que siempre genera nuevos conflictos; y,
·
finalmente, políticas de derechos humanos, destinados a
fortalecer los sistemas de protección del ciudadano frente a poderes públicos
siempre sometidos a la tentación de desbordarse.
Cada vez más
los sistemas alternos de resolución de conflictos (SARC), especialmente la
mediación, va teniendo un importante espacio en América Latina, es vista como
una de las alternativas más prometedoras para reformar y mejorar nuestros
sistemas de tutela jurídica. En breve tiempo un discurso tan ajeno al
tradicional en el medio legal, ha ganado un sitial relevante, pasando a
integrar las estrategias reformistas en prácticamente todos los países de la
región.
Son varios
los países de que han dictado
legislaciones que expresamente introducen estos mecanismos, como es el caso de
Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Honduras, Perú y Venezuela.
En otros países, como Chile, El Salvador, Guatemala, México, Paraguay, Uruguay
y República Dominicana, los sistemas alternos de resolución de conflictos, se
han iniciado como experiencias pilotos, impulsadas por instituciones públicas o
privadas.
La misión del sistema de justicia es la de proporcionar
soluciones institucionales a las partes en conflictos para alcanzar una vida en armonía en la sociedad, evitando a cada quien, tomar acciones para hacerse
justicia por su propio medio o la venganza privada; la tarea de dar respuesta
efectiva y participación a las comunidades con sus expresiones organizadas,
debe ser una prioridad.
En este sentido y por lo antes dicho, es que se hace
perentorio e inaplazable el establecimiento de un sistema que impulse políticas
y estrategias de Resolución Alternativa de Conflictos, para aquellos casos que
lo ameriten de acuerdo a nuestra normativa en el ámbito penal, contribuyendo
así a la descongestión de los tribunales y desplazando la cultura del litigio
ante situaciones que por su naturaleza es posible otro tipo de abordaje y por
tanto de una solución favorable a las partes en disputas.
B- Justificación
República Dominicana registra en los últimos 10 años un
incremento en la violencia y controversias que tienen sus raíces en casos
menores, y que debido a nuestra cultura de litigio y a la falta de acciones
efectivas para la resolución de conflictos, deviene en una congestión de nuestros tribunales y
sistema carcelario, con conflictos que pudieron haber tenido una estrategia de
abordaje oportuna y por tanto resultados más satisfactorios a las partes
envueltas. Es por ello que la
sociedad demanda cada vez más promover
la cultura de Paz, como vía de arribar a soluciones que afiancen la convivencia
armoniosa entre las personas.
El sistema de justicia debe garantizar mayor accesos de la
ciudadanía a los servicios que esta debe
brindar, propiciando que dicho servicio tenga el carácter de gratuidad,
prontitud y desempeño satisfactorio, a lo cual puede contribuir de manera ventajosa
la implementación del sistema de Resolución Alternativa de Conflictos.
Las ventajas de la implementación de un sistema de Resolución
Alternativa de Conflictos, es que el Ministerio Publico es la primera instancia
a la que acuden los ciudadanos y ciudadanas con disputas o conflictos que surgen
en la comunidad, la familia, el condominio y la escuela; estas controversias
generadas en la comunidad, en general no tienen una naturaleza penal, pero
debido a la falta de comunicación y orientación desembocan en tragedias o
hechos lamentables que son prevenibles, con utilización de las diversas
opciones que nos ofrece los sistemas alternos de resolución de conflictos.
La búsqueda de la solución de conflictos menores en los
tribunales de la República, representa un alto costo económico y de tiempo,
debido a la intervención de jueces, fiscales, abogados de las partes, lo cual
reduciría significativamente el gasto de recurso estatal y de los ciudadanos/as
con el ejercicio de la oportuna mediación y conciliación.
Con la
Creación de Sistema Nacional de Resolución de Conflictos, se quiere impulsar la
generación e implementación de un nuevo paradigma, consistente en el ejercicio
de prácticas dialógicas y la instauración de la cultura del diálogo, a través
de la integración de sistemas alternos de resolución de conflictos y los
diversos recursos que ellos ofrecen como respuesta a necesidad de nuevas
herramientas para la transformación de los conflictos y las diversas
situaciones de conflictividad en forma viable y sostenible.
C-Importancia de la
Resolución Alternativa de Conflictos
Nuestro ordenamiento legal establece la mediación y la
conciliación como recursos importantes de sistemas alternos de resolución de
conflictos. Estas figuras aunque recientes, se habían venido realizando de
manera dispersa pero no institucional. La mediación y conciliación implementada
desde el Ministerio Publico adquiere rango constitucional desde el 2010, al
establecer la carta magna dominicana en su articulo 169, en su párrafo primero
lo siguiente: “en el ejercicio de sus
funciones, el Ministerio Público garantizara los derechos fundamentales que
asisten a los ciudadanos y ciudadanas, promoverá la resolución alternativa de
disputas, dispondrá la protección de víctimas y testigos y defenderá el interés
público tutelado por la ley”.
La figura de la mediación y conciliación, quedó establecida,
primero en el Código Procesal Penal (Ley 76-02) en sus artículos 37, 38, 39, en
donde la acción de conciliar está asignada al fiscal y la mediación para
personas capacitadas en dicha área, que auxilien al Ministerio Publico en esa
labor.
En la última década se ha venido debatiendo en distintos
eventos la importancia de la conciliación y mediación y su impacto en el
sistema de justicia dominicano. Al abordar el tema de la mediación y
conciliación en términos doctrinales encontramos especialistas que aportan
importantes perspectivas y herramientas en su tratamiento.
Entendemos por mediación como el mecanismo “mediante el cual
dos o más personas en conflictos buscan soluciones mutuamente satisfactorias a
sus intereses, para lo que se procuran la intervención de un tercero imparcial
que va a facilitar la comunicación en el proceso”.
En este sentido, enfocamos la mediación como un método de
resolución de conflictos mediante la actuación de un mediador o mediadora
imparcial que aporta a las partes en controversia, la posibilidad de dialogar
sobre sus intereses dentro de un clima de respeto mutuo para encontrar una
solución en forma cooperativa.
A continuación se presentan características que reseñan la
Importancia de la incorporación de sistemas alternos de resolución de
conflictos:
1.
Promueven
mecanismos para aumentar el acceso a los sistemas de resolución de
conflictos. Los sistemas formales, son complejos, lejanos a la gente y caros,
por lo que muchas personas se ven excluidos de ellos. Los Sistemas Alternos de
Resolución de Conflicto permiten el aumento acceso a mecanismos para una
solución a problemas que de otra manera no la tendrían.
2.
Son sistemas eficientes para descargar a los tribunales de
una parte de la enorme cantidad de trabajo que los abruma y con la
cual no pueden lidiar eficientemente. La
judicialización constituye un mecanismo lento y pesado para la resolución de conflictos, razón por la cual es
mucho más eficiente acudir a estos otros
sistemas más flexibles y baratos para solucionar
los conflictos.
3.
Son mecanismos que tiene el Estado para economizar
recursos en el cumplimiento de sus funciones.
4.
Son medios importantes para que todas las personas
resuelvan sus conflictos, pues de no hacerse, pueden generarse problemas
mayores.
5.
Son instrumentos que favorecen el alcance de soluciones de
calidad, sustentados en los siguientes aspectos:
·
Sistemas cooperativos, como la conciliación o la mediación
pueden acrecentar valor al generar soluciones que mejoren en algo la posición
de cada uno de los intervinientes, a través de respuestas creativas y ajustadas
a las necesidades de convivencia de las partes. Problemas surgidos entre
individuos que deberán seguir relacionándose en el futuro, en los que la solución
de su problema actual marcará la calidad de su convivencia posterior. Otras
ventajas adicionales que estos sistemas
tienen, es promueven una mayor y mejor comunicación entre las personas,
instalando una cultura del diálogo, y haciéndolas más responsables de sus
propios actos. Favorecen formas más democráticas y participativas de resolución
de los conflictos.
·
En el caso de los arbitrajes, las ventajas provienen de la
mayor calidad
técnica que puede obtenerse en la resolución y las posibilidades de ajustar el procedimiento a las
características del caso concreto. Resulta
sencillo comprender que por más especializados
que se puedan encontrar los tribunales del sistema de justicia, ellos jamás podrán llegar a obtener el grado
de competencia técnica que -al menos
hipotéticamente- se puede lograr a través de
la selección para el cargo de árbitro de un experto
en la materia específica en que versa el conflicto.
D-Creación del
Sistema Nacional de Resolución de Conflictos
Sustentado en el mandato de la Constitución Dominicana en su
artículo 169, párrafo primero; en la ley
76-02, los artículos 37, 38 y 39; la resolución emanadas del Poder
Judicial del 9 de marzo del año 2006, y finalmente la resolución de la
Procuraduría General de la República No. 14786/2003, del 20 de noviembre del
2003, en la que se recomienda el uso de la mediación y conciliación de
conflictos cuando lo amerite.
En atención a las necesidades detectadas desde la labor del
Ministerio Público, en la prevención del delito, se hace recomendable el
establecimiento de un Sistema Nacional de Resolución de Conflictos, el cual
sería un conjunto de mecanismos regidos
por la Procuraduría General de la República, con la misión de fomentar el
diálogo y la cultura de paz, como de
abordaje de una política pública coherente, que garantiza a través de la
implementación de estrategias, programas, pautas, procedimientos y técnicas
para la solución alternativa de conflictos.
El
cual tendrá las siguientes Funciones:
a)
Elaborar planes, procedimientos, estrategias,
protocolos y reglamentos para impulsar los métodos de Resolución de Conflictos desde el Ministerio
Público en todo el territorio Nacional.
b)
Propiciar una Mesa de Coordinación
interinstitucional que sirva de espacio de articulación de actores y aliados
claves, gubernamentales, municipales, legislativos, judicial y sociedad civil
para el impulso de los métodos de resolución pacífica que incida en la
generación de una cultura de paz y del
diálogo.
c) Crear y llevar el control del Registro Nacional de Centros/Casas y
Mediadores/as de Resolución de Conflictos.
d) Fomentar, promover, regular y habilitar Centros o Casas de Resolución de Conflictos en
provincias, municipios y comunidades del
país.
e) Coordinar y reglamentar el Centro de Referencia Educativa (CRE)
destinado a la capacitación y formación de líderes/as en el manejo de metodologías y herramientas
para la Resolución de Conflictos.
f) Desarrollar un Observatorio de la violencia y los conflictos, cuyo objetivo sea medir, detectar y vigilar
la violencia y los conflictos en sus diversas manifestaciones en el ámbito del
territorio nacional, con la finalidad de asistir a la toma de decisiones,
gestionando adecuadas y eficaces estrategias preventivas de interés para la
seguridad ciudadana.
g) Regular y supervisar los aportes que como Ministerio Público son
dedicados a las Casas, Centros y Espacios
creados para la sostenibilidad, implementación e impulso de la Resolución
de Conflictos. Debiendo éstas presentar informes de ejecución, técnico y
financiero, en forma periódica.
h) Implementar en todo el territorio nacional los programas de Resolución
Alternativa de Conflictos a nivel
Comunitario, Familiar, Escolar y en los Condominios.
i) Crear y poner en funcionamiento la figura del Promotor(a) del diálogo y la cultura de paz
en barrios, sectores, comunidades y municipios.
j) Impulsar campañas de sensibilización, visibilizacion y educación sobre
la cultura de Paz a través del ejercicio de la resolución de conflictos en las
comunidades y Centros Educativos.
k) Colaborar con los programas de educación y rehabilitación de los
internos dentro del régimen penitenciario en los asuntos relacionados con la
Resolución Alternativa de Conflictos.
l) Interactuar con otras organizaciones públicas y de la sociedad civil, a
través de acuerdos interinstitucionales para desarrollar propuestas e
iniciativas tendentes a mitigar la violencia y la conflictividad; y que
promuevan un clima de paz y tolerancia en la sociedad.
m) Coordinar con la Escuela Nacional del Ministerio Publico, procesos de sensibilización,
capacitación y formación de los y las Fiscales en el manejo de metodologías y
herramientas para la Resolución Alternativa de Conflictos.
n) Promover la formación de redes comunitarias por una cultura de paz y del
dialogo en todas las comunidades del territorio nacional.
o) Realizar actividades o manifestaciones culturales que eduquen en favor
de una cultura de paz en coordinación con autoridades gubernamentales y actores
sociales.
p) Difundir a través de los diferentes medios de comunicación, los
objetivos, propósitos, principios, valores y beneficios del Sistema Nacional de
Resolución de Conflictos.
q) Rendir un informe anual al Procurador General de la Republica o cuando
este lo considere conveniente, del cumplimiento de los objetivos y metas alcanzadas.
r) Coordinar con todas las Fiscalías la promoción y aplicación de políticas
públicas que apoyen la Resolución Alternativa de Conflictos como forma de
dirimir diferencias y controversias en la ciudadanía.
s) Entre otras funciones afines que sean delegadas.
Qué
son los Centros o Casas de Resolución Alternativa de Conflictos
Son
espacios de orientación y diálogo para
dilucidar controversias y disputas menores, que surgen en el ámbito de la
comunidad, la familia, los condominios y los centros escolares, con la
finalidad de arribar a acuerdos satisfactorios para las partes envueltas en las
situaciones de conflictos. Ofrecen un servicio gratuito a la ciudadanía que
acude afectada por una disputa o problema menor. Este servicio de gestión y
resolución de los conflictos surgidos es
ejercido por un personal altamente
cualificado y entrenado para dicha
labor.
Los
Centros o Casas de Resolución Alternativa de Conflictos ofrecerán información y
asesoría permanente a las personas que demanden sus servicios, caracterizados
por la voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad, capacidad de negociación
y balance de poder.
Se
impulsará, en una primera etapa, Centros o Casas de Resolución Alternativa de
Conflictos en las comunidades identificadas por el Plan Nacional de Seguridad
Ciudadana y posteriormente extendida a
todo el territorio nacional.
E-Principal problema
Dispersión de recursos y disposiciones legales, así como la
falta de definición de políticas públicas eficientes para la resolución de
conflictos, provocando en nivel judicial de República Dominicana,
encarecimiento, atosigando, congestionando en los tribunales con asuntos o
disputas que puedan alcanzar una solución sin necesidad de ser judicializados.
F-Objetivo
Impulsar una eficiente aplicación de política pública
coherente y en consonancia con los nuevos enfoques de Resolución Alternativa de
Conflictos, que promueva la cultura del diálogo y la convivencia armoniosa,
teniendo un impacto positivo en la descongestión de los tribunales de la
República Dominicana.
G-Objetivos
Específicos
1) Impulsar la Resolución Alternativa de
Conflictos como eje del desarrollo de políticas públicas efectivas.
2) Desarrollar de capacidades y
competencia para la Resolución Alternativa de Conflictos y la promoción de
cultura de paz.
3) Generar alianzas estratégicas
interinstitucionales e intersectoriales para la promoción de Resolución
Alternativa de Conflictos y la cultura de paz.
4) Instalar sistemas de registro,
medición, monitoreo y análisis de las situaciones conflictivas y el nivel
conflictividad en los diferentes ámbitos de socialización, con
especial énfasis en las escuelas y comunidades.
H-Resultados
esperados
R1. Impulsada la Resolución
Alternativa de Conflictos como eje del desarrollo de políticas públicas
efectivas.
R1.1. Establecido marco jurídico y políticas públicas coherentes
con enfoques de innovación, que regula y
dinamiza el desarrollo de la Resolución de Conflictos en la República
Dominicana.
R1.2. Consolidado
y difundido el Sistema Nacional de Resolución de Conflictos como un servicio
público de calidad.
R1.3. La
ciudadanía reconoce, acude y muestra satisfacción de los servicios que oferta
el Sistema Nacional de Resolución de Conflictos.
R1.4. En
funcionamientos estructuras y espacios, con recursos suficientes, que ofrece
cobertura a las necesidades formativas, de información y acompañamiento a las diversas
situaciones conflictivas.
R1.5. Disminuido,
en un 10% anual, los conflictos que ocurren en las comunidades y escuelas.
R1.6. Se
crea un clima favorable a una cultura de paz apoyado por las distintas
instituciones y sectores de las comunidades.
R2. Desarrolladas capacidades y
competencias para la Resolución Alternativa de Conflictos y la promoción de
cultura de paz.
R2.1. El Sistema Nacional de Resolución de Conflictos, cuenta
con una currícula formativa y materiales educativos para el desarrollo de
procesos formativos y de sensibilización.
R2.2. Se capacita al liderazgo social (mediadores/as) en
metodologías y herramientas para la Resolución Alternativa de Conflictos.
R2.3. Mediadores/as, como resultado de la formación recibida,
desarrolla y ponen en práctica capacidades y competencias para el
acompañamiento a situaciones conflictivas.
R2.4. Fiscales
sensibilizados y fortalecidos en el ejercicio de metodologías y herramientas para la Resolución
Alternativa de Conflictos.
R3. Generadas alianzas estratégicas interinstitucionales e intersectoriales
para la promoción de Resolución Alternativa de Conflictos y la cultura de paz.
R3.1. Se producen alianzas interinstitucionales e
intersectoriales, entre instituciones públicas y privadas; organizaciones sociales y
de base comunitaria; cooperación internacional y bilateral, que articulan
esfuerzos y voluntades para promover e impulsar la Resolución Alternativa de Conflictos y la
cultura de paz.
R3.2. Se consolida un espacio de coordinación
interinstitucional como órgano de asesoramiento técnico del Sistema Nacional de
Resolución de Conflictos, planeación y funcionamiento estable.
R3.3. Gestionados recursos necesarios (públicos y privados) a
nivel nacional e internacional, para la puesta en marcha de metodologías y
herramientas para la Resolución Alternativa de Conflictos
R4. Instalados sistemas de registro,
medición, monitoreo y análisis de las situaciones conflictivas y el nivel
conflictividad en los diferentes ámbitos de socialización, con
especial énfasis en las escuelas y comunidades.
R.4.1. Se
crea y pone en funcionamiento un Observatorio Nacional de la Violencia y los
Conflictos que integra, registra, mide, monitorea y analiza las situaciones
conflictivas y el nivel conflictividad
en los diferentes ámbitos de
socialización, con especial énfasis en
los ámbitos educativo y comunitario.
R4.2. Se
dispone de la data sobre delitos y crímenes que se producen en las comunidades.
R.4.3. En función del
análisis de los conflictos y disputas resueltas, se diseñan estrategias para
una labor más efectiva del Sistema Nacional de Resolución de Conflictos en
calidad de órgano rector de los programas y servicios que se ofrecen desde el
sector público y privado.
I- Actividades
Actividades del R1: Impulsada la
Resolución Alternativa de Conflictos como eje del desarrollo de políticas
públicas efectivas.
A1.1.
Realizar las adecuaciones al marco legal, que reglamente y regule la Resolución
de Conflictos en la República Dominicana, con mecanismo de funcionamiento,
monitoreo y evaluación:
ü Anteproyecto
de Ley General de Resolución de Conflictos para una Mediación y Conciliación
efectiva.
ü Anteproyecto
de Modificación de la Ley de Condominios (Introducir los métodos de Resolución
de Conflictos en los Condominios)
A1.2.
Consolidar el Sistema Nacional de Resolución de Conflictos como órgano rector
de las acciones de mediación y conciliación en la República Dominicana:
ü Elaborar
Reglamento del Sistema Nacional de
Resolución de Conflictos
ü Elaborar
Reglamento del Centro de Referencia Educativa (CRE) y reorientar su estrategia
de sostenibilidad.
ü Diseñar
e implementar campaña comunicacional para dar a conocer y posicionar el Sistema
Nacional de Resolución de Conflictos.
ü I
Congreso Nacional de Resolución Alternativa de Conflictos
ü I
Congreso Nacional de Jóvenes promueven la Resolución de Conflictos y la Cultura
de Paz.
ü Diseñar
y realizar la Ruta de los Murales por la paz.
ü Fomentar
de grupos culturales (teatro, canto, murales), promotores de la solución
alternativa de conflictos.
A1.3.
Impulsar y poner en funcionamiento las estructuras y espacios que ofrecen
cobertura a las acciones de difusión, formación, información y acompañamiento a las diversas
situaciones conflictivas:
ü Elaborar
y validar el Perfil y Rol de los Centros/Casas de Resolución de Conflictos y
del Mediador/as.
ü Elaborar
Código de Ética del Mediador/a de
Conflictos.
ü Elaborar
y validar el Reglamento del
funcionamiento de los Centros/Casas de Resolución de Conflictos y el ejercicio
de la Mediación y Conciliación (incluye la elaboración Kit de protocolos,
procedimientos y herramientas).
ü Crear
y poner en funcionamiento Centros/Casas
de Resolución de Conflictos en las regiones prioritarias.
ü Diseñar
e implementar campaña comunicacional para dar a conocer y posicionar los
Centros/Casas de Resolución de Conflicto y los servicios que ofertan.
ü Crear
y poner en marcha Red de Apoyo a los Centros/Casas de Resolución de Conflictos
A1.4. Acompañar, monitorear y evaluar el
desarrollo de la Mediación y Conciliación realizada en el marco del ejercicio
de la Resolución de Conflicto.
A1.5. Medir el impacto producido a
partir de las acciones estratégicas desplegadas por el Sistema Nacional de Resolución de
Conflictos.
Actividades del R2: Desarrolladas
capacidades y competencias para la Resolución Alternativa de Conflictos y la
promoción de cultura de paz.
A2.1. Diseñar y validar currícula formativa y materiales
educativos para el desarrollo de procesos formativos y de sensibilización:
A2.2. Programar, implementar y evaluar jornadas
formativas para capacita al liderazgo
social (mediadores/as) en metodologías y herramientas para la Resolución
Alternativa de Conflictos:
ü
Sensibilizar e identificar mediadores/as para participar en los procesos
formativos
ü Realizar
Jornadas y Ciclos Formativos para el desarrollo de capacidades.
ü Evaluar
la formación realizada y el impacto producido.
A2.3. Promover espacios para la
sensibilización, información y formación de la Resolución de Conflictos y la
Cultura de Paz (cursos, talleres, campamentos para escolares y jóvenes,
charlas, seminarios, conferencias, diplomados, postgrados y maestrías).
Actividades del R3: Generadas
alianzas estratégicas intersectorial para la Resolución Alternativa de
Conflictos y la promoción de cultura de paz.
A3.1. Realizar encuentros de
sensibilización y presentación de las acciones estratégicas del Sistema
Nacional de Resolución de Conflictos con organizaciones de la sociedad civil.
A3.1. Generar
acuerdos/alianzas interinstitucionales e
intersectoriales, con instituciones públicas y privadas; organizaciones sociales
y de base comunitaria; cooperación internacional y bilateral, que articulan
esfuerzos y voluntades para promover e impulsar la Resolución Alternativa de Conflictos y la
cultura de paz.
A3.2. Consolidar un espacio de
coordinación interinstitucional como órgano de asesoramiento técnico del
Sistema Nacional de Resolución de Conflictos, planeación y funcionamiento
estable.
ü
Elaborar Reglamento de la Mesa de Coordinación
Interinstitucional.
ü Convocar
e integrar las instituciones que conforma el espacio
ü
Elaborar, implementar y evaluar el Plan de Trabajo.
A3.3. Gestionar recursos
necesarios (públicos y privados) a nivel nacional e internacional, para la
sostenibilidad de las políticas públicas y estrategias implementadas por el
Sistema Nacional de Resolución de Conflictos.
Actividades del R4: Instalados
sistemas de registro, medición, monitoreo y análisis de las situaciones
conflictivas y el nivel conflictividad
en los diferentes ámbitos de
socialización, con especial énfasis en las escuelas y comunidades.
R.4.1.
Crear y poner en funcionamiento un Observatorio Nacional de la Violencia y los
Conflictos que integra, registra, mide, monitorea y analiza las situaciones
conflictivas y el nivel conflictividad
en los diferentes ámbitos de
socialización, con especial énfasis en
los ámbitos educativo y comunitario:
ü Definir
el marco conceptual del Observatorio de Violencia y Conflictos
ü Poner
en marcha el Observatorio
ü Elaborar
Reglamento del Observatorio de Violencia y Conflictos
ü Evaluar
el funcionamiento del Observatorio
A4.2. Crear
la data sobre delitos y crímenes que se producen en las comunidades.
A4.3. Diseñar las nuevas estrategias, programas y servicios
del Sistema Nacional de Resolución de
Conflictos a partir del análisis de los conflictos y disputas resueltas.
A4.4.
Diseñar y difundir Boletín periódico del Observatorio de la violencia y conflictos
A4.3. Desarrollar
jornadas formativas y de capacitación para observatorio a partir de la sistematización de los datos
recopilados para dar respuesta al manejo adecuado de los nuevos conflictos que
afectan a las comunidades.
A4.3. Boletín
Observatorio con datos del incremento o disminución de los conflictos que se
producen en las distintas comunidades del pais, acompañado del análisis de los
factores que inciden en dicho fenómeno.
J-Etapas:
Para la realización de los pasos iniciales de la puesta en
marcha del Sistema Nacional de Resolución de Conflictos, se contemplan las etapas
siguientes:
Primera Etapa:
Involucramiento de
los actores: se
motivara a los fiscales en la asunción de estas acciones como herramienta o
palanca impulsora de una accion más efectiva.
En un primer momento se debe establecer un diálogo y canal de
coordinación con el poder judicial, junto al cual se formulara las propuestas
de los centros de mediacion y conciliación de conflictos. Tambien se buscara
contactos con órganos de cooperacion para gestionar apoyo de dicha iniciativa.
En un segundo momento identificar las provincias y los
barrios pilotos establecer contacto con las organizaciones sociales de mayor
incidencia, presentándoles la iniciativa propiciando que se sientan dueños o
generadores de la misma. Asimismo se desarrollara coordinación con los
ayuntamientos y sectores empresariales para hacerlos auspiciadores de la
iniciativa.
En esta primera etapa se debe producirá reuniones entre el
ministerio publico y organizaciones sociales para producir la sinergia necesaria.
Se tendrá como punto de partida establecer cuáles son los
conflictos o situaciones que mas afectan
en la comunidad esto servirá como linea base a ser evaluada posteriormente.
La Procuraduría junto a las Organizaciones de Sociedad Civil
identificara los procesos para creación y lanzamiento de los Centros o Casas de
Mediación de Conflictos, así como la integración de las redes de apoyo. La
procuraduría dispondrá de un personal para la capacitación intensiva de los líderes
en temas de conflictos de familia, comunitarios, condómines, escolar y en los
Centros del Nuevo modelo penitenciario.
Con las Organizaciones de Sociedad Civil, la Procuraduría
establecera acuerdos y convenios.
En la identificación de las organizaciones se debe ser
incluyente, por lo que se hace necesario ver las organizaciones de más
incidencia en donde:
Primer Nivel: Juntas de Vecinos, Clubes, Grupos Juveniles
e instituciones publicas.
Segundo Nivel: ONGS, Centros de Salud
Comunitarios, Gremios.
Tercer Nivel: Coordinadoras de Organizaciones,
Federaciones, Confederaciones, Redes Comunitarias.
Sectores de Incidencia
en las Comunidades:
sacerdotes, pastores, directores/as, religiosas, comerciantes y empresarios.
Segunda etapa:
Se elegirán los y las mediadores/as, los cuales participarán
en un proceso de capacitación. Al mismo tiempo se identificarán los locales y
fecha de lanzamiento de los centros de mediacion.
En esta etapa se creará la red de apoyo y se impulsarán
acciones para la creación del equipo que integrará el observatorio legal
comunitario.
Tercera etapa:
Conformación de los observatorios legales comunitarios y
publicación de los boletines.
Se desarrollarán campañas educativas y de difusión a favor de
la resolución alternativa de conflictos.
Periódicamente de monitorearán el funcionamiento de los
Centros/Casa de Resolución de Conflictos. Se realizarán evaluaciones al final
de cada período.
Lic. Ángel Gomera
Director General del Sistema Nacional de Resolución de
Conflictos
Procuraduría General de la República
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