jueves, 8 de diciembre de 2022

República Dominicana, religión y libertad


 República Dominicana, religión y libertad

La República Dominicana, desde su origen, nació bajo los efectos e influencia de la religión cristiana, en su denominación católica. Y este hermoso paraíso celeste colocado en la zona central de las idílicas Antillas, ha puesto en primacía a nuestro Creador, bajo el lema trinitario Dios, Patria y Libertad.

Nuestra bandera al igual que otras en el mundo tiene una cruz; la nuestra es única, puesto que en su centro tiene una biblia.

La simbología de sus colores lo describe Juan Pablo Duarte, padre fundador y ferviente cristiano católico, de la siguiente forma: El Rojo Bermellón que representa la sangre vertida por nuestros libertadores; el azul ultramar expresa que Dios protege la nación dominicana; y la cruz blanca que simboliza la paz y unión entre todos los dominicanos. Llevando en el centro el Escudo Nacional con la Biblia abierta en el Evangelio de San Juan, capítulo 8, versículo 32, donde se lee: "y conoceréis la verdad, y la verdad, os hará libres".

De lo anterior, es importante resaltar que, desde el principio de la fundación de la república; la religión ha estado presente en todo el devenir de su historia política y social.

Esto lo puedo explicar con la primera Constitución de la República Dominicana, el 6 de noviembre de 1844, cuando en su artículo 38 establece como la religión del Estado a la católica.

También, destacando que, concomitantemente, haberse establecido en el año 1954, relaciones entre la Santa Sede y el Estado Dominicano. Fue también en dicho periodo entre los años 1930-1961, que las iglesias evangélicas, establecieron sus raíces en el país; pudiendo mencionar la Asamblea de Dios, la Iglesia de Dios, la Iglesia de Dios de la Profecía y la Iglesia Pentecostal.

Claro, al fijar mi atención en un intervalo de tiempo específico, no es mi pretensión desconocer ni excluir que previamente a lo señalado, entre 1880 y 1930 hubo varias iglesias históricas que establecieron trabajo misionero en la República Dominicana sumándose a los wesleyanos que ya desarrollaban actividades en la isla. Algunas de estas denominaciones eran la Iglesia Episcopal Metodista Africana, la Iglesia morava (siglo XII), la Iglesia metodista libre y otras denominaciones estadounidenses.

También, es significativo señalar, la presencia en el país de la comunidad musulmana, judía, budistas, hindúes, bahá’ís, entre otras; las cuales han venido ingresando en diferentes momentos de nuestra historia.

Todo lo mencionado anteriormente, va en correspondencia y vigencia, con lo que establece el artículo 45 de nuestra Carta Magna; el cual dispone la libertad de cultos y conciencia con una sujeción al orden público y a las buenas costumbres. Por lo tanto, la libertad religiosa goza en República Dominicana de jerarquía constitucional, y tanto los distintos órganos del Estado, así como sus tribunales están en la ineludible obligación de garantizar tal derecho fundamental.

Por lo tanto, en esta bendecida nación, se goza de un ambiente de respeto a la libertad religiosa; y en la actualidad desconozco la existencia de informaciones de abusos o desconsideraciones en menoscabo de este derecho.

Pero esto no obvia, que planteemos lo oportuno y loable de fortalecer siempre, el ejercicio de este derecho; a través de diálogos que estimulen la libertad, la colaboración por el bien común y la convivialidad de las diferencias. Por lo que entiendo, además, que es positivo valorar y consensuar la integración de instrumentos, mecanismos y disposiciones legales en esta materia; que vayan siempre acorde al orden público y a las buenas costumbres.

Finalmente, quiero aprovechar para alertar acerca de una corriente existente que pretende desvirtuar el concepto laicidad, en donde se quiere erradamente identificar laicidad con laicismo o con ateísmo; en el entendido de promover una interpretación distorsionada de carácter privatizador y excluyente que niega a la religión un papel en la deliberación pública de nuestras sociedades democráticas y que rechaza que éstas, puedan tener lugar alguno en el Estado y en las políticas públicas.

Sin embargo, laicidad es condición de convivencia en libertad.  En palabras del papa emérito Ratzinger desde la óptica positiva ¨es que se garantice a cada ciudadano el derecho de vivir la propia fe religiosa con auténtica libertad también en el ámbito público¨.

 

Ángel Gomera